Insolvencia real o inminente
No puedes pagar tus deudas, o sabes que no vas a poder hacerlo próximamente.

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos de buena fe cancelar las deudas que no pueden pagar y empezar de cero. Comprueba tu caso en 2 minutos.
La Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo previsto en la ley (el Texto Refundido de la Ley Concursal, reformado por la Ley 16/2022) que permite a una persona física —un particular o un autónomo— cancelar las deudas que honestamente no puede afrontar.
Se llama exoneración del pasivo insatisfecho: cuando alguien de buena fe se encuentra en una situación de insolvencia, el juez puede liberarle de las deudas pendientes para que pueda volver a empezar sin arrastrarlas de por vida. No es un truco ni un vacío legal: es un derecho reconocido y pensado exactamente para estos casos.
Hasta 10.000 €
exonerables por cada administración: Hacienda, Seguridad Social, ayuntamientos, comunidades autónomas…
Sin límite
en los recargos e intereses de esa deuda pública, que se cancelan por completo.
Durante años se dijo que las deudas con Hacienda y la Seguridad Social no entraban en la Segunda Oportunidad. El Tribunal Supremo lo ha aclarado en 2026: la deuda pública también se exonera, dentro de los límites anteriores. Para muchas personas y autónomos, esto cambia por completo las cuentas de su caso.
Un aviso importante: tener una derivación de responsabilidad (por ejemplo, como administrador de una empresa) no te cierra por sí sola la puerta al proceso. Mucha gente cree que sí y ni siquiera consulta. Si es tu caso, merece la pena que lo revisemos.
No puedes pagar tus deudas, o sabes que no vas a poder hacerlo próximamente.
No has provocado ni agravado tu insolvencia de forma fraudulenta. Es el requisito central del proceso.
Sin condena firme por ciertos delitos económicos ni sanción tributaria o de Seguridad Social muy grave firme en los últimos 10 años.
Cada situación es distinta. La forma más rápida de saber si tu caso encaja es hacer el cálculo de viabilidad o contárnoslo directamente.
PASO 1
Analizamos tus deudas e ingresos y te decimos, gratis, si tu caso es viable.
PASO 2
Reunimos la documentación de tus deudas, tu patrimonio y tu situación.
PASO 3
Presentamos la solicitud de exoneración ante el juzgado que corresponde.
PASO 4
El juez cancela las deudas que la ley permite exonerar.
PASO 5
Empiezas de nuevo, sin la carga que arrastrabas.
La Segunda Oportunidad no es rellenar un formulario: es un procedimiento judicial en el que cada detalle cuenta —cómo se acredita la buena fe, qué deudas entran, cómo se protege lo que se puede proteger—. Lo llevamos abogados y asesores reales, no una web anónima.
Empezamos siempre por un estudio de viabilidad gratuito: si tu caso no es viable, te lo decimos con claridad y no seguimos adelante. Y si lo es, trabajamos con presupuesto cerrado, para que sepas exactamente qué pagas antes de empezar.
Tenemos despacho físico en Terrassa (Placeta Adelina Gregoriano, 4) y atendemos en persona a quien tiene cerca —Terrassa, Barcelona y todo el Vallès—. Pero la Ley de Segunda Oportunidad se tramita íntegramente en remoto: trabajamos con clientes de toda España sin que tengas que moverte de casa.
Vengas al despacho o lo hagamos todo online, empezamos igual: con un estudio de viabilidad gratuito de tu caso, sin compromiso.
Comprueba tu viabilidad en 2 minutos o cuéntanos tu caso directamente. El primer estudio es gratuito y sin compromiso.