La cuota que no paga,
la reclamamos.

Certificación de la deuda, requerimiento previo (MASC) y monitorio del art. 21 LPH, cada uno en su plazo. El despacho que ayuda a comunidades y administradores de fincas a cobrar lo que les deben. Y con CIVISET, el expediente siempre bien hecho.

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La morosidad de la comunidad,
reclamada hasta el final

Certificación de la deuda

La liquidación de la deuda aprobada en junta, con el visto bueno del presidente y notificada al deudor. Es el título que exige el monitorio, bien hecho.

Requerimiento previo (MASC)

El intento de acuerdo que la Ley 1/2025 exige antes de demandar, con su plantilla y su acuse. Sin él, la demanda se inadmite.

Monitorio y ejecución

El proceso monitorio del art. 21 LPH, con sus intereses y sus costas, y la ejecución si el deudor sigue sin pagar. Lo llevamos entero.

Defensa de la comunidad

Impugnación de acuerdos, conflictos con vecinos y la asesoría jurídica que una comunidad —o su administrador— necesita cuando la cosa se complica.

Por qué las comunidades
no cobran lo que les deben

Una certificación mal hecha

El monitorio del art. 21 LPH exige que la deuda esté aprobada en junta y notificada. Un certificado mal hecho tumba la reclamación entera. Lo generamos bien.

Olvidar el MASC

Desde la Ley 1/2025, sin intentar antes un MASC la demanda se inadmite. Es un paso que muchos administradores todavía no dan, y frena el cobro.

No usar la palanca del voto

El propietario que debe queda privado del voto (art. 15.2 LPH), salvo que consigne o impugne. Es una presión real que muchas comunidades no aprovechan.

Expedientes que prescriben

La reclamación que se queda en un cajón acaba prescribiendo. Cada deuda necesita su expediente con sus plazos. Lo que no se reclama, se pierde.

El recobro de la comunidad,
con CIVISET

CIVISET es el software con el que llevamos la reclamación de cada deudor de principio a fin: la deuda certificada como manda la ley, el requerimiento MASC hecho y documentado, el cómputo de plazos y el paso al monitorio del art. 21 LPH, con sus intereses y sus costas.

  • Deuda certificada y notificada
  • Requerimiento MASC con su acuse
  • Monitorio del art. 21 LPH, listo
Descubrir CIVISET
Expediente · 3º 2ª✓ En plazo
Cuotas impagadas640,00 €
Derrama pendiente300,00 €
EstadoRequerimiento MASC
Total reclamable940,00 €
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¿Tu comunidad
tiene morosos?

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Un despacho de verdad,
al lado del administrador

Somos abogados que reclaman cuotas de comunidades día a día: sabemos qué certificado aguanta un monitorio, qué requerimiento hace pagar y cómo se computan los plazos. El administrador de fincas tiene detrás un despacho, no una plantilla suelta.

Empezamos escuchando tu caso y revisando la deuda. Sin letra pequeña: sabrás qué se puede reclamar y cómo antes de mover nada.

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Presencial en Terrassa
o en remoto, estés donde estés

Tenemos despacho físico en Terrassa (Placeta Adelina Gregoriano, 4) y atendemos en persona a las comunidades y administradores de cerca —Terrassa, Barcelona y todo el Vallès—. Pero la reclamación de cuotas la llevamos íntegramente en remoto: trabajamos con comunidades y administradores de toda España.

Vengas al despacho o lo hagamos todo online, empezamos igual: revisando la deuda y montando el expediente, sin compromiso.

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Lo que más nos preguntan
las comunidades

¿Cómo se reclama una cuota impagada de la comunidad?
Primero se certifica la deuda aprobada en junta, con el visto bueno del presidente, y se notifica al deudor. Después, desde la Ley 1/2025, hay que intentar un acuerdo por un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de demandar. Si no paga, se acude al proceso monitorio del art. 21 de la Ley de Propiedad Horizontal.
¿Hace falta ir a juicio para cobrar?
Muchas veces no. La deuda certificada más un requerimiento fehaciente hacen pagar a bastantes morosos antes del monitorio. Y si hay que ir, el expediente ya está montado, con sus intereses y sus costas.
¿El propietario moroso puede votar en la junta?
Según el art. 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, el propietario que no esté al corriente de sus deudas con la comunidad puede participar en la junta pero queda privado del derecho de voto, salvo que consigne o impugne judicialmente la deuda. Es una palanca real para que pague.
¿Qué es el requerimiento MASC obligatorio?
Desde la Ley Orgánica 1/2025, antes de presentar una demanda civil hay que acreditar que se ha intentado un medio adecuado de solución de controversias (una negociación, un requerimiento, una conciliación…). Si no, la demanda se inadmite. Lo dejamos hecho y documentado.
¿Quién paga los intereses y las costas?
Si el monitorio prospera, el propietario deudor responde de la deuda, de los intereses y, con carácter general, de las costas del procedimiento. Reclamamos el total, no solo las cuotas.

La comunidad no se sostiene
con cuotas que no se cobran.

Cuéntanos la deuda de tu comunidad y montamos el expediente para reclamarla. La primera consulta es sin compromiso.

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