¿Tienes derecho a
pensión compensatoria?

La pensión compensatoria no es automática: requiere demostrar desequilibrio económico y se valora por múltiples factores. Introduce los datos y obtén una valoración orientativa.

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Cómo se valora la pensión compensatoria

El motor pondera los factores del art. 97 del Código Civil y devuelve un rango orientativo de importe mensual. No existe tabla oficial, por lo que la estimación tiene mayor margen de variación que otras calculadoras.

Art. 97 Código Civil

Los 9 factores legales

El código civil establece 9 factores para valorar la pensión: ingresos, edad, duración del matrimonio, dedicación familiar, estado de salud, perspectivas de empleo, etc.

Resultado en rango

No hay fórmula exacta

A diferencia de los alimentos, la pensión compensatoria no tiene tabla oficial. El motor devuelve un rango orientativo (mínimo–máximo) basado en la práctica judicial.

Temporal o indefinida

La duración también importa

El juez puede fijar la pensión con duración temporal (lo más habitual) o sin límite temporal en casos de matrimonios largos o gran dependencia económica.

Introduce los ingresos de ambos y los factores del art. 97 CC para obtener la valoración orientativa de la pensión compensatoria.

Campo obligatorio.

Campo obligatorio.

Campo obligatorio.

Todo lo que necesitas saber

¿Qué es la pensión compensatoria?

Es una prestación económica que uno de los cónyuges puede reclamar al otro tras la separación o divorcio cuando queda en situación de desequilibrio económico respecto al nivel de vida que tenía durante el matrimonio. La regula el art. 97 del Código Civil.

¿Es automática al pedir el divorcio?

No. Hay que solicitarla expresamente en la demanda de divorcio y acreditar el desequilibrio económico y que ese desequilibrio tiene su origen en el matrimonio (p. ej., que uno dejó de trabajar para cuidar la familia).

¿Cuánto tiempo dura la pensión compensatoria?

El juez decide si es temporal o indefinida. La tendencia actual es fijarla con duración limitada (5–10 años) salvo matrimonios muy largos o situaciones de gran dependencia. Puede reducirse o extinguirse si cambian las circunstancias.

¿Se extingue si el receptor vuelve a casarse?

Sí, el matrimonio o convivencia marital del receptor extingue la pensión compensatoria. También se extingue por fallecimiento del pagador o si el receptor mejora sustancialmente su situación económica.

¿Es diferente en Cataluña?

Sí. En Cataluña la figura equivalente se llama "prestació compensatòria" y se regula por el Código Civil catalán, con criterios similares pero algunas diferencias en su aplicación y duración.

El cálculo es el primer paso.
Nuestros abogados son el segundo.

El resultado es una estimación orientativa. Para un análisis completo de tu situación concreta, consulta con nuestro equipo sin compromiso.

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