Nacionalidad española.
Acompañamos todo el proceso hasta la jura.

Analizamos tu situación, preparamos la documentación completa y gestionamos la solicitud ante el Ministerio de Justicia.

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La nacionalidad española.
Plazos que se reducen según tu origen.

10 años (regla general)

Residencia legal y continuada para la mayoría de extracomunitarios no incluidos en los supuestos especiales.

2 años (iberoamericanos y otros)

Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes.

1 año (supuestos especiales)

Nacidos en España, casados con español/a o viudos/as sin separación legal al fallecimiento del cónyuge.

CCSE y DELE A2.
Te preparamos para superarlos.

Los exámenes de conocimientos constitucionales (CCSE) y de idioma (DELE A2) son obligatorios salvo excepciones. Te orientamos sobre dónde realizarlos y qué debes estudiar.

Una vez superados, preparamos toda la documentación y presentamos la solicitud al Ministerio de Justicia.

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Recopilación completa de documentación

Antecedentes penales apostillados, certificado de empadronamiento histórico y documentación civil del país de origen.

Seguimiento del expediente

Monitorizamos el estado del expediente y, si supera el año sin resolución, interponemos el recurso para agilizarlo.

Dudas más habituales
sobre la nacionalidad española

¿Cuántos años de residencia necesito para la nacionalidad española?
La regla general exige 10 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, aunque este plazo se reduce drásticamente en función del origen o las circunstancias personales del solicitante.
¿En qué casos se reduce el plazo para obtener la nacionalidad?
El plazo se reduce a 2 años para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes; y a solo 1 año para los nacidos en territorio español, personas casadas con ciudadanos españoles o viudos/as sin separación legal.
¿Qué pruebas hay que superar (CCSE, DELE) y quién está exento?
Se deben superar los exámenes CCSE (conocimientos constitucionales) y DELE A2 (idioma español), salvo exenciones automáticas para quienes hayan cursado y titulado la ESO o el Bachillerato en España.
¿Puedo conservar mi nacionalidad de origen al obtener la española?
Sí, los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal están exentos de renunciar a su nacionalidad de origen al jurar fidelidad a la Corona española.
¿Cuánto tarda la resolución del expediente de nacionalidad?
El Ministerio de Justicia dispone de un plazo legal máximo de un año para resolver. Si no hay respuesta, el silencio es negativo, pero se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional para agilizarlo.

¿Quieres solicitar
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Cuéntanos tu situación y te decimos exactamente qué plazo te corresponde, qué documentación necesitas y cómo gestionamos todo el trámite.

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